martes, 31 de marzo de 2026

Diseño de Puestos de Trabajo Neurodivergentes: Una Perspectiva desde la Prevención de Riesgos y la Salud Ocupacional.


Una Perspectiva desde la Prevención de Riesgos y la Salud Ocupacional.

La Neurodivergencia como variable en la Seguridad Laboral

Actualmente, las neurodivergencias (que representan entre el 15% y el 20% de la población mundial) han dejado de ser algo opcional al momento de realizar adecuaciones, y se han transformado en una variable crítica en la gestión de riesgos ocupacionales. Desde la óptica de la prevención técnica de riesgos laborales, es de suma importancia reconocer que las discapacidades asociadas a la neurodivergencia en contextos labores, muchas veces pasan específicamente por el “no puedo”.  Pero es importante entender, que esto no reside en el individuo, sino que emergen de la relación entre un cuerpo (personas) y un entorno laboral mal diseñado.

Bajo el paraguas conceptual de la Neurodiversidad, encontramos una variabilidad biológica natural que se divide principalmente en:

  • Neurotípicos: Aquellos cuyo funcionamiento neurocognitivo se alinea con los estándares estadísticamente promedio.
  • Neurodivergentes: Individuos con condiciones del neurodesarrollo como el Trastorno/Condición del Espectro Autista (TEA /CEA), Trastorno por Déficit de Atención son o sin Hiperactividad (TDA/H), dislexia, discalculia, dispraxia y síndrome de Tourette.

Las neurodivergencias, deben lidiar en entornos laborales principalmente, con un factor de riesgo invisible y de alto impacto en la actualidad, llamado enmascaramiento (masking). Esta respuesta adaptativa agota los recursos cognitivos del trabajador al obligarlo a suprimir sus rasgos naturales para "encajar" en normas neurotípicas en los ambientes de trabajo. Este fenómeno es particularmente prevalente y perjudicial en mujeres, quienes históricamente han enfrentado un subdiagnóstico debido a sesgos de género y expectativas sociales y que estadísticamente realizan mayor enmascaramiento social que los hombres.

El enmascaramiento crónico drena la energía del individuo y es un precursor directo de riesgos psicosociales graves, lo cual no solo termina afectando al trabajador, si no que además puede llegar a exponer a todo un equipo de trabajo, o desarrollar patologías como Burnout, de causa laboral. La prevención efectiva, por tanto, comienza con la creación de entornos que eliminen la necesidad de esta compensación forzada, basándose en el cumplimiento de un marco legal robusto.

Marco Normativo y la Responsabilidad del Empleador en Chile

La gestión de la neuro inclusión en Chile no es una acción que nazca desde la opcionalidad, sino una obligación legal y estratégica que garantiza entornos laborales seguros y libres de discriminación. El marco legal vigente establece responsabilidades técnicas claras para los empleadores:

  • Ley N° 20.422 (Igualdad de Oportunidades): Prohíbe actos discriminatorios y condiciones de trabajo que mermen la labor de personas con discapacidad física, psíquica o intelectual.
  • Ley N° 21.690 (Protocolos de Inclusión): Introduce una obligación estratégica crítica; para el año 2025, las empresas deberán contar con un protocolo de ambientes laborales acordes a los parámetros de inclusión, el cual debe entregarse anualmente a los trabajadores.
  • Ley N° 21.545 (Conocida como Ley TEA): Garantiza la igualdad de oportunidades y la inclusión social de personas en el espectro autista, protegiendo además los derechos de los cuidadores.
  • Ley N° 21.643 (Conocida como Ley Karin): Obliga a prevenir el acoso laboral y la violencia con perspectiva de género, ampliando la definición de discriminación a cualquier motivo, incluyendo explícitamente la neurodivergencia.

Desde la Ingeniería en Prevención de Riesgos, el Decreto N° 44 coloca en la mesa la gestión preventiva con enfoque de género y además introduce un nuevo concepto: el de "personas trabajadoras especialmente sensibles". Esto obliga a los empleadores a identificar y mitigar riesgos específicos para perfiles neurodivergentes que presenten una sensibilidad importante a factores ambientales y sociales en los lugares de trabajo.

Gestión del Confort Ambiental: Mitigación de Estresores Sensoriales

El confort térmico, acústico y lumínico no es un lujo, sino un condicionante del rendimiento físico y que por consecuente afecta el desempeño del trabajador neurodivergente de manera directa, y es importante tomarlo encuenta, ya que de la inestabilidad del entorno físico proviene la sobrecarga sensorial y la ansiedad.

A continuación, una serie de propuestas asociadas a el Factor Ambiental y el Ajuste Sugerido:

Como herramienta preventiva de alto nivel, se recomienda el diseño de "Mapas de Riesgo Sensoriales", que pueden formar parte de los actuales mapas de riesgos, identificando en ellos las zonas protegidas de riesgos sensoriales. Estos instrumentos permiten visualizar zonas de alta reverberación, luz intensa o tránsito elevado, facilitando una asignación de puestos estratégica que considere el perfil sensorial del trabajador antes de que ocurra la exposición al riesgo.

En resumen, las adecuaciones a día de hoy, son una obligación por parte del empleador, y están respaldades por leyes y consideradas por la prevención de riesgos y la salud ocupacional. 

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